Los Pagos Provisionales Mensuales son obligaciones tributarias, es decir, pagos al fisco, los cuales se provisionan mes a mes, donde al momento de realizar la Operación Renta cubrirán una parte de tus impuestos. Este pago se hace por medio del Formulario N°29 y todas las Pymes están en la obligación de pagarlos.
El PPM se compone de:
Los PPM están normados bajo el artículo N°84 de la Ley de Impuesto a la Renta (LIR). Estos se pueden suspender de forma excepcional, para aquellos contribuyentes de primera categoría que hayan sufrido pérdidas durante un año comercial. En este caso, se suspenderá el pago durante el primer trimestre del siguiente año.
La tasa del PPM en las empresas no tiene un mínimo. Sin embargo, se comienza en su primer año de movimiento comercial y será de un 1%. Esto se debe a que se trata del primer ejercicio comercial, por lo cual no podrán realizar un cálculo del %.
Para consultar más sobre el tema de la tasa, también podrás consultar la Circular N°16 del 1991, emitida por el Servicio de Impuestos Internos.
La tasa también variará de acuerdo con el tipo de contribuyente. Por ejemplo:
Cabe señalar que los contribuyentes obligados a pagar PPM son:
Paso a paso para calcular PPM
Promedio de PPM
Promedio= | (tasa a*3) + (tasa b+9) | /12
Promedio= | (1*3) +(1.5*9) | /12
Promedio =| (3) +(43.5) |/12
Promedio =1.875
El pago de PPM lo puedes realizar mediante el sitio web de Servicio de Impuestos Internos cada vez que pagas el IVA.
En caso que contrates nuestro servicio de oficina virtual en Las Condes, te enviaremos información relevante de cómo modificar el monto de PPM para tu empresa.
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